LEYES U OBLIGACIONES PRESCRITAS A LOS HERMANOS MASONES
POR EL PRINCIPE EDWIN
INVOCACION: "Que el Soberano Poder del Dios
eterno, Padre y Creador del Cielo y de la Tierra, la
sabiduría de su verbo y su influencia, sean con
nuestra empresa y nos haga la gracia de conducirnos
de modo que merezcan su aprobación en esta vida
y obtendremos después de nuestra muerte la vida
eterna".
1.- Vuestro primer deber es honrar a Dios y observar
sus leyes, porque son preceptos divinos, a los que todo
el mundo debe obediencia. Por eso debéis evitar
las herejías y no ofender a Dios.
2.- Seréis fieles a vuestro rey, y en cualquier
parte en donde os encontréis, os someteréis
lealmente a la autoridad. Evitad siempre cometer el
crimen de alta traición, y si la descubrís,
denunciadlo al rey.
3.- Estad siempre presto a auxiliar a los otros a quienes
os unen lazos de una verdadera amistad, sin que para
ello sirva jamás de obstáculo la diferencia
de religión o de opinión.
4.- Debéis ser fieles, principalmente los unos
respecto de los otros, comunicaros los descubrimientos
que hagáis en vuestro arte, y ayudaros mútuamente;
no calumniaros; y proceded como queráis que procedan
con vosotros. Si llegara a suceder que un hermano faltase
a sus deberes con otro hermano o con persona cualquiera,
o se hiciese culpable de cualquiera otra falta, todos
deben ayudarle a reparar el mal y a corregirse para
lo sucesivo.
5.- También debeis conformaros exactamente con
las decisiones y disposiciones acordadas en las logias,
y no confiar a ninguno que no sea de la hermandad, sus
signos particulares.
6.- Que cada uno por sí se abstenga cuidadosamente
de toda deslealtad, porque el honor y la fidelidad son
indispensables para el sostenimiento de la asociación,
y una buena reputación es un gran bien y es nececesario
no perder de vista también el interés
del señor y del maestro a quienes sirváis,
y terminar siempre convenientemente las obras que os
encarguen.
7.- Es indispensable también pagar íntegramente
lo que debáis, y sobre todo no adquirir jamás
deuda que compromentan el honor de la hermandad.
8.- Recordad siempre que ningún maestro debe
emprender un trabajo si no se siente capaz de ejecutarlo;
porque causaría el mayor perjuicio al arte y
a la asociación. Todo maestro debe siempre ganar
lo suficiente para que él viva y pueda pagar
sus obreros.
9.- Ninguno debe tratar de suplantar a otro, porque
es necesario dejar a cada uno el trabajo que haya podido
procurarse, al menos que se reconozca que es incapaz
de ejecutarlo.
10.- Ningún maestro debe admitir a un aprendiz,
si no se compromete a trabajar por espacio de siete
años; y para recibirlo debe contar con la aprobación
de los hermanos.
11.- Para que un maestro o un compañero pueda
presentar a una persona, es necesario que esta persona
haya nacido libre, que tenga una reputación intachable,
que tenga capacidad y que los conserve todos.
12.- Se recomienda muy eficazmente a todos los compañeros
que no critiquen el trabajo de los otros, aunque no
sepan ejecutarlo tan bien como ellos.
13.- Todo maestro debe someterse a las observaciones
que le haga el director general de las obras; y los
compañeros deben tener en cuenta las que les
dirijan los maestros.
14.- Todos los masones deben obedecer a sus superiores
y estar prontos a hacer cuento le ordenen.
15.- Todo masón debe acoger cariñosamente
a los compañeros que lleguen del continente,
y les hagan las señales y signos de reconocimiento.
Debe cuidar de ellos como está mandado, en el
momento que llegue a su noticia su desgracia.
16.- Ni los maestros ni los compañeros deben
dar entrada a las logias al que no haya sido recibido
masón; ni debe enseñarle el arte de la
forma, ni dejarle trabajar la piedra, ni utilizar la
escuadra, ni indicarle su uso. "Estas son las obligaciones
que es bueno y útil observar. Lo que en lo sucesivo
se considere también útil y bueno, deberá
ser registrado por los superiores, dando conocimiento
de ello, en las prescripciones nuevas que se adopten".
Notas:
Las constituciones de York en Inglaterra son uno de
los documentos más antíguos que recogen
las normas deontológicas ( éticas y de
comportamiento) de los masones . Como vemos, sorprende
por una parte el caracter abierto que indica claramente
que no se trataba de personas vulgares. En tiempos tan
oscuros y llenos de fanatismo religioso, resulta muy
avanzado hablar, como en el punto 3, de " auxiliar
a los amigos aunque no sean de la mísma religión..."
No hay que olvidar que los conocimientos técnicos
de los masones provienen de Asia menor, de tierra de
infieles...
Punto 4. Queda claro que el método de evolucionar
en el arte consiste en la transmisión de los
conocimientos adquiridos para el bien de la logia, que
es decir del oficio. De esta manera, la técnica
evolucionó rápidamente, pudiendo en muy
pocos años empezar a construír las primeras
catedrales góticas, complejísimas técnicamente.
Punto 5 y 15: El conocimiento está reservado
a quienes tienen un código ético, y son
, por tanto merecedores de recibirlo y hacer buen uso
de él. Los secretos masones son, en su mayor
párte, secretos técnicos de traza, diseño
y construcción.
Punto 7: Planificación a largo plazo: el prestígio
de la hermandad de masones se fundamenta en el prestigio
que puedan alcanzar individualmente sus integrantes.
El respeto individual se convierte en un respeto al
gremio.
Punto 10: el aprendizaje es largo e individualizado.
Cada maestro solamente podía tener un aprendiz
a la vez.Una vez examinado pasaba a ser oficial ( "Compagnon"
en Francia, "fadrí" en Mallorca ).
El grado de maestro cantero se adquiría más
tarde y unos pocos llegaban a Maestro de obra ( combinación
de capataz de obra y Arquitecto)
Punto 11 y 15 : La logia está abierta a recibir
masones procedentes de otros lugares, no es un estamento
cerrado.
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y tradición