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Principios para la Preservación, Conservación
y Restauración de las Pinturas Murales
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Introducción y Definición
Las pinturas murales, desde las correspondientes al
arte rupestre hasta los murales actuales, han sido expresión
de la creación humana a lo largo de la historia,
desde sus más remotos orígenes Su deterioro,
así como su destrucción, ya sea ésta
accidental o intencionada, representa una pérdida
que afecta a una parte significativa del patrimonio
cultural del mundo. La Carta de Venecia (1964) sentó
los principios generales para la conservación
y restauración del patrimonio cultural. La Declaración
de Ámsterdam (1975) que introdujo el concepto
de conservación integrada, y el Documento de
Nara sobre la Autenticidad (1994) que versa sobre la
diversidad cultural, han ampliado el alcance de dichos
principios. Teniendo en cuenta estas y otras contribuciones
pertinentes, tales como el Código de Ética
del ICOM-C.C.[1] (1984), el Documento de Pavía
(1997) y las Directrices Profesionales de la E.C.C.O.[2],
este documento se propone establecer unos principios
más específicos sobre la protección,
salvaguarda, conservación y restauración
de las pinturas murales. Por tanto, recoge una serie
de postulados y reglas prácticas de carácter
elemental, susceptibles de ser aplicados a escala universal,
sin entrar a considerar los problemas concretos de las
diferentes regiones o países, que pueden abordarse
en el ámbito regional o nacional mediante la
formulación de ulteriores recomendaciones, cuando
resulte necesario.
La riqueza de las pinturas murales se fundamenta en
la variedad de expresiones culturales y logros estéticos,
así como en la diversidad de los materiales y
técnicas utilizadas desde la antigüedad
hasta nuestros días. Los artículos siguientes
se refieren a pinturas realizadas sobre soportes inorgánicos,
tales como yeso, ladrillo, arcilla y piedra y no a pinturas
ejecutadas sobre soportes orgánicos como madera,
papel o tela. Los materiales que componen muchos de
los edificios históricos necesitan una consideración
especial que queda al margen de este documento. Las
superficies arquitectónicas y sus capas finales
de preparación, con sus valores históricos,
estéticos y técnicos tienen que ser consideradas
como componentes igualmente importantes de los monumentos
históricos.
Las pinturas murales son una parte integrante de los
monumentos y lugares de valor patrimonial y deben ser
preservadas in situ. Muchos de los problemas que afectan
a las pinturas murales están relacionados con
las deleznables condiciones que presentan los edificios
o las estructuras, su uso improcedente, la falta de
mantenimiento y las frecuentes alteraciones y reparaciones.
También la práctica reiterada de restauraciones,
ponerlas innecesariamente al descubierto y el uso de
métodos y materiales inadecuados pueden producir
un daño irreparable. Las actuaciones inapropiadas,
o las que no alcanzan el rigor de los cánones
de intervención establecidos, así como
la falta de una capacitación profesional idónea,
han conducido a resultados desafortunados. Por esta
razón, se requiere un documento capaz de sentar
los principios para la adecuada conservación
y restauración de las pinturas murales.
Artículo 1: Política de Protección
La realización de listados e inventarios de monumentos
y lugares con valor patrimonial que posean pinturas
murales, aún en los casos en que éstas
se encuentren ocultas en la actualidad, constituye por
sí misma una medida necesaria para la protección
de las pinturas murales de las distintas culturas y
religiones. Las leyes y demás normas para la
protección del patrimonio cultural deben prohibir
la destrucción, degradación o alteración
de las pinturas murales, así como la de su entorno.
La legislación no sólo debería
proveer medidas para la protección de las pinturas
murales, sino incidir también en la disponibilidad
de recursos destinados a la investigación, el
tratamiento profesional y el control, y velar para que
la sociedad pueda apreciar sus valores de carácter
tangible e intangible.
Las intervenciones que resulten necesarias deberán
realizarse con pleno conocimiento y permiso de las autoridades
competentes. Cualquier trasgresión de esa regla
debe llevar aparejada una sanción en el orden
jurídico. Las previsiones legales deberán
proyectarse también a los nuevos descubrimientos
y a su preservación, hasta que éstos alcancen
protección formal. Los proyectos de desarrollo
regional, de carácter urbano, arquitectónico,
o relativos a obras públicas de ingeniería,
tales como la construcción de carreteras, presas,
rehabilitación de edificios, etc, que afecten
a pinturas murales no se deben llevar a cabo sin un
estudio previo del impacto que éstas sufrirían
y sin proveer las medidas necesarias para su salvaguarda.
Las diversas autoridades deberán hacer un esfuerzo
especial de cooperación entre ellas, a fin de
propiciar el respeto y las condiciones que permitan
que las pinturas de carácter religioso cumplan
funciones de culto, sin poner en riesgo su autenticidad.
Artículo 2: Investigación
Todos los proyectos de conservación deben iniciarse
mediante una investigación científica
sólida y rigurosa. El objeto de tales investigaciones
es encontrar la máxima información posible,
tanto de carácter histórico como estético
y técnico, sobre el soporte material de la estructura
y las capas superpuestas. Deben extenderse, además,
a todos los valores materiales e incorpóreos
de la pintura, así como a las alteraciones históricas,
las adiciones y las restauraciones. Ello requiere una
aproximación interdisciplinaria.
En la medida de lo posible, los métodos de investigación
deben ser de naturaleza no destructiva. Las pinturas
que puedan hallarse ocultas bajo blanqueos de cal, capas
de pintura, yeso, etc., deberán ser objeto de
una atención especial. La investigación
científica sobre los mecanismos de degradación
a macro y micro escala, el análisis de los materiales
y el diagnóstico del estado de conservación,
son requisitos previos en cualquier proyecto de conservación
.
Artículo 3: Documentación
Conforme a lo dispuesto en la Carta de Venecia, la conservación
y restauración de las pinturas murales deben
ir acompañadas de un programa de documentación,
bien definido, consistente en un informe, a la vez analítico
y crítico, ilustrado con dibujos, copias, fotografías,
planos, etc. Deben registrarse las condiciones que ofrezcan
las pinturas, los datos técnicos y formales relativos
a su proceso de creación, y la historia de cada
objeto. E incluso deberán documentarse todos
los estadios del proceso de conservación, la
restauración, los materiales y la metodología
empleados. El informe deberá depositarse en los
archivos de una institución pública, quedando
a disposición del público interesado.
También deberán conservarse copias de
dicha documentación in situ, o en poder de los
responsables del monumento. Igualmente se recomienda
la publicación de los resultados del trabajo.
Esta documentación deberá ordenarse en
unidades temáticas relativas al proceso de investigación,
a la diagnosis y al tratamiento. Los métodos
tradicionales de documentación escrita y gráfica
pueden complementarse con métodos digitales.
Con independencia de los medios técnicos empleados,
la conservación de los archivos y la disponibilidad
de la documentación en el futuro, es de la mayor
importancia.
Artículo 4: Conservación Preventiva, Mantenimiento
y Gestión del Lugar
La conservación preventiva tiene por objeto
propiciar unas condiciones favorables para reducir al
máximo posible la degradación y evitar
los tratamientos curativos innecesarios, prolongando
así la vida de las pinturas murales. La práctica
de un seguimiento adecuado y el control medioambiental
son componentes sustanciales de la conservación
preventiva. Las condiciones climáticas adversas
y los problemas de humedad pueden producir no sólo
deterioro, sino también ataques de carácter
biológico. El seguimiento puede servir para detectar
procesos de degradación de las pinturas, o de
la estructura que les sirve de soporte, en su fase inicial,
contribuyendo así a prevenir daños ulteriores.
También permite conocer desde un principio la
deformación y los fallos de estructura que podrían
provocar la ruina del soporte. Un mantenimiento regular
del edificio o de la estructura en cuestión,
constituye la mejor garantía para salvaguardar
las pinturas murales.
Los usos públicos e inadecuados de los monumentos
y los lugares con pinturas murales pueden perjudicar
a éstas. Ello puede hacer necesario que se limite
la afluencia de visitantes y, en determinados casos,
el cierre temporal al público. Sin embargo, es
preferible que éste tenga oportunidad de conocer
y apreciar las pinturas murales directamente, puesto
que son parte integrante del patrimonio cultural común.
Por tanto, es importante que en la gestión del
bien se incluya un cuidadoso plan de uso y acceso que
contribuya a preservar, en la medida de lo posible,
los auténticos valores, tangibles e intangibles,
propios de los monumentos y los lugares patrimoniales.
Muchas pinturas murales, a menudo situadas en parajes
aislados, sufren los estragos del vandalismo y el robo,
debido a diversos motivos de orden sociológico,
ideológico y económico. En tales casos,
las autoridades competentes deberán tomar medidas
preventivas para su custodia.
Artículo 5: Tratamientos de Conservación
y Restauración.
Las pinturas murales forman parte integrante de los
edificios o estructuras. Por lo tanto, su conservación
debe considerarse comprendida en la del soporte material
del conjunto arquitectónico al que pertenecen
y su entorno. Cualquier intervención en el monumento
debe tener en consideración las características
especiales de las pinturas murales con el fin de preservarlas.
Todas las intervenciones, tales como la consolidación,
limpieza y reintegración, deberán ajustarse
a unos márgenes mínimos a fin de evitar
cualquier menoscabo en la autenticidad de los elementos
materiales y pictóricos. Siempre que resulte
posible, deberán preservarse, preferiblemente
in situ, las muestras de capas estratigráficas,
como testimonios de la historia de las pinturas.
El envejecimiento natural atestigua el paso del tiempo
y ha de ser respetado. Deberán conservarse las
transformaciones químicas y físicas de
carácter irreversible, siempre que su eliminación
pudiera resultar dañina. Las restauraciones anteriores,
los añadidos y los repintes sobre el original
son parte de la historia de las pinturas murales. Deben
ser consideradas como testigos de interpretaciones pretéritas
y evaluadas de forma crítica.
Todos los métodos y materiales utilizados en
la conservación y restauración de las
pinturas murales deberán tener en cuenta la posibilidad
de que en el futuro se apliquen tratamientos distintos.
El uso de nuevos materiales y métodos debe basarse
en un conjunto de datos científicos suficientemente
amplio y variado, así como en el resultado positivo
de pruebas realizadas tanto en laboratorio como en los
propios lugares. No obstante, ha de tenerse en cuenta
que no se conocen los efectos potencialmente dañinos
que los materiales y métodos nuevos pueden producir
en las pinturas murales a largo plazo. En consecuencia,
debe fomentarse el uso de materiales tradicionales,
siempre que éstos sean compatibles con los componentes
de las pinturas y la estructura del entorno.
La restauración tiene por objeto mejorar la
interpretación de la forma y el contenido de
las pinturas murales, siempre y cuando se respete la
obra original y su historia. La reintegración
estética contribuye a disminuir la percepción
visual del deterioro y debe llevarse a cabo prioritariamente
en materiales que no sean originales. Los retoques y
las reconstrucciones deben realizarse de tal forma que
sean discernibles del original. Todas las adiciones
deben ser fácilmente reversibles. No se debe
repintar sobre el original.
Poner las pinturas murales al descubierto exige respetar
la situación histórica y evaluar las pérdidas
que puedan producirse. Tal operación sólo
debe efectuarse tras haber realizado una investigación
previa de las condiciones en que se hallan, así
como de su extensión y valor, y siempre que resulte
posible llevarla a cabo sin causar daños. Una
vez puestas al descubierto no deben exponerse a condiciones
desfavorables.
En algunos casos, un programa de conservación
o restauración puede incluir la restitución
de pinturas murales decorativas o de superficies arquitectónicas
coloreadas. Ello entraña la conservación
de fragmentos auténticos y puede requerir su
cobertura completa o parcial con capas protectoras.
Toda restitución bien documentada y ejecutada
de forma profesional, con materiales y técnicas
tradicionales, puede servir como testigo del aspecto
histórico de las fachadas e interiores.
En todas las fases de un proyecto de conservación
o restauración se debe contar con una dirección
técnicamente solvente, así como con la
autorización de las autoridades competentes.
También es deseable asegurar una supervisión
independiente del proyecto, bien sea a través
de éstas últimas, o de otras instituciones
que no tengan intereses comerciales en el mismo.
Artículo 6. Medidas de Emergencia
En situaciones de urgencia, es necesario recurrir a
tratamientos de emergencia para salvaguardar las pinturas
murales. Pero los materiales y las técnicas que
se empleen deben permitir un tratamiento posterior.
Tan pronto como sea posible, deben aplicarse medidas
idóneas de conservación, con autorización
de las autoridades competentes.
Los arranques y traslados de pinturas murales son operaciones
peligrosas, drásticas e irreversibles, que afectan
seriamente a su composición física, así
como a su estructura material y a sus valores estéticos.
Por tanto, tales actuaciones sólo resultan justificables
en casos extremos, cuando todas las opciones de aplicación
de otro tratamiento in situ carecen de viabilidad. Si
se presenta una de estas situaciones, es mejor que las
decisiones relativas a los arranques y traslados sean
tomadas por un equipo de profesionales, y no por la
persona encargada del trabajo de conservación.
Las pinturas arrancadas deberán ser respuestas
en su emplazamiento original siempre que resulte posible.
Deberán adoptarse medidas especiales para la
protección y mantenimiento de las pinturas arrancadas,
así como para prevenir su robo y dispersión.
La aplicación de una capa de protección
sobre la decoración existente, con el propósito
de evitar el daño o destrucción que puede
provocar su exposición a un ambiente inhóspito,
habrá de realizarse con materiales compatibles
con las pinturas murales, y de tal forma que permita
que en el futuro puedan volver a destaparse.
Artículo 7. Investigación e Información
Pública
La puesta en marcha de proyectos de investigación,
en el campo de la conservación y la restauración
de las pinturas murales, es requisito esencial de una
política de desarrollo equilibrado. Deben fomentarse
las investigaciones basadas en tesis que puedan enriquecer
el conocimiento sobre los procesos de degradación.
La investigación que amplíe nuestro saber
sobre las técnicas pictóricas originales,
al igual que los materiales y los métodos empleados
en anteriores prácticas de restauración,
constituyen elementos fundamentales para desarrollar
proyectos de conservación acertados. Dicha investigación
resulta también útil y pertinente para
otras disciplinas conexas del campo de las artes y de
las ciencias. Deberá reducirse al máximo
tanto la alteración de los soportes que resulten
significativos, como la obtención de muestras,
para su estudio.
La difusión de conocimientos es un factor esencial
de la investigación y debe llevarse a cabo no
sólo a escala profesional, sino también
en el ámbito popular. La información pública
puede ampliar notablemente la conciencia sobre la necesidad
de salvaguardar las pinturas murales, aunque los trabajos
de conservación y restauración puedan
causar molestias ocasionales.
Artículo 8. Educación y Formación
Profesional
La conservación y la restauración de
la pintura mural constituyen una disciplina especializada
en el campo de la preservación del patrimonio.
Puesto que este trabajo requiere conocimientos especializados,
capacitación, experiencia y responsabilidad,
los conservadores y restauradores de este tipo de bienes
culturales deben tener una educación y una formación
profesional idóneas, como recomienda el Código
de Ética del Comité de Conservación
del ICOM (1984) y agrupaciones tales como la CEOC[3]
(Confederación Europea de Organizaciones de Conservadores
y Restauradores) y la REECR[4] (Red Europea de Educación
en Conservación y Restauración)
Artículo 9. Renovación Tradicional
En muchas regiones del mundo, se siguen utilizando
las mismas prácticas pictóricas empleadas
originalmente por los artistas y artesanos, repitiendo
programas históricos de carácter decorativo
e iconográfico mediante el uso de materiales
y técnicas tradicionales. Tales tradiciones,
que responden a exigencias religiosas y culturales y
están de acuerdo con los principios de Nara,
deben mantenerse. Sin embargo, aunque sea importante
que estos conocimientos especiales se conserven, ello
no implica que los tratamientos de conservación
y restauración deban ser realizados por artesanos
o artistas.
Artículo 10. Cooperación Internacional
Compartir el cuidado del patrimonio común es
una noción aceptada a escala nacional e internacional.
Por tanto, es preciso fomentar el intercambio de conocimientos
y difundir la información en todos los ámbitos.
Dentro del espíritu que inspira la colaboración
interdisciplinaria, los conservadores y restauradores
de pintura mural necesitan relacionarse con sus colegas
de otros países, con instituciones apropiadas,
y con especialistas de todo el mundo.
La presente versión de este documento se elaboró
entre el 28 de octubre y el 1 de noviembre de 2002,
en Copenhague, y se acabó de redactar en Tesalónica,
los días 8 y 9 de mayo de 2003, actuando como
relatora Isabelle Brajer.
Participantes:
R.C. Agrawal (India)
Valia Anapliotou (Grecia)
Stefan Belishki (Bulgaria)
Giorgio Bonsanti (Italia)
Isabelle Brajer (Dinamarca)
Marjan Buyle (Bélgica)
Jaime Cama Villafranca (México)
Nikolas Charkiolakis (Grecia)
Rob Crèvecoeur (Holanda)
Luigi Dei (Italia)
Alberto Felici (Italie)
Vaios Ganitis (Grecia)
George Kavakas (Grecia)
Haris Lionis (Grecia)
Penelope Mavroudi (Grecia)
Vassilis Petropoulos (Grecia)
Michael Petzet (Alemania)
Ursula Schädler-Saub (Alemania)
Walter Schudel (Bélgica)
Nimal de Silva (Sri Lanka)
Roland Silva (Sri Lanka)
Kirsten Trampedach (Dinamarca)
Ioannis Zervos (Grecia)
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